NORMAS DE LA ORDEN DE TELPE
Para todo aquél extranjero, entendiéndose por éste, cualquier personaje que no sea uno de los veinte iniciados:
Sobre el territorio de Harna-Dîn y la conducta de los personajes:
1. La Orden de Telpe no recibe visitas inesperadas. Cualquier irrupción en nuestro territorio se podrá entender como una amenaza, por lo cuál, la persona recibirá un aviso por parte del clan para que se retire de Harna-Dîn en un plazo que no exceda las 24 horas.
2. Si en el plazo dado no abandona el territorio de Telpe será apresado por nuestras tropas.
3. Cuando un clan desee ponerse en comunicación con el nuestro enviará a un emisario. Este deberá entrar solo en Telpe, con el escudo invertido y sin armas, dándo el aviso expreso de que es un mensajero, el clan al que pertenece y la razón por la cuál se haya en nuestro territorio. Si lo hace así su integridad física quedará asegurada, de otro modo, será apresado por nuestras tropas.
4. Cuándo se le ha permitido la entrada a un personaje, éste podrá viajar por Harna-Dîn, pudiendo acceder a sus ciudades y fortalezas siempre bajo la vigilancia de la guardia de Telpe. Y nunca podrá entrar a las estancias privadas de los miembros de la Orden, ni a las mazmorras (a no ser que sea preso, claro está).
5. Cualquier personaje sea apresado por las tropas telpenianas, será
llevado de inmediato a las mazmorras ubicadas en la Ciudad del Miedo en donde sufrirá terribles castigos.
6. No se permiten edificaciones en el territorio de Telpe. Sólo los iniciados de la orden pueden levantar asentamientos de cualquier tipo.
Sobre los personajes de Telpe
7. Cuando un personaje redacte acciones de otro de los nuestros, le denegaremos el acceso a nuestro territorio y a nuestros foros hasta que los Valar tomen la medida oportuna (véase Norma 2.N de las reglas generales)
Sobre los objetos en Harna-Dîn
8. Los objetos mágicos, con algún significado especial, o similares de Telpe. No podrán ser tocados ni mucho menos sustraídos a no ser que se llegue a un acuerdo entre las partes para escribir una historia. El uso de estos objetos se ampara bajo la norma 3, por lo tanto será considerado como un personaje más a la hora de redactar hechos e historias.
Para todo aquél personaje que sea uno de los veinte iniciados de la Orden de Telpe:
Sobre el territorio de Harna-Dîn y la conducta de los personajes:
9. Cualquier iniciado podrá entrar y salir libremente de los emplazamientos de Telpe; sin embargo, se recomienda que antes de cualquier intromisión se hable con los habitantes usuales del lugar para acordar los términos en los cuáles desarrollarán las historias.
10. Todos los iniciados están obligados a vigilar el cumplimiento de las normas en cualquier lugar y hora, y a dar aviso al Rey o a la Reina.
11. Los iniciados deberán mostrar en todo momento una conducta acorde ala filosofía del clan.
Sobre los personajes de Telpe:
12. Antes de nombrar en cualquier historia a un personaje del clan, se le deberá dar aviso para que se muestre de acuerdo o en contra de las acciones que otro desarrollará en su nombre.
13. Para cualquier desarrollo de historia, es indispensable que los interesados dialoguen durante todo el proceso de creación y hasta el fin de la misma.
14. Cualquier ausencia prolongada o renuncia a un cargo, al personaje, o al clan deberá ser expuesto en foro privado.
Sobre los objetos
15. Consultar con el resto del Clan antes de usar, modificar, sustraer, eliminar o crear cualquier objeto mágico, de alto valor o que pudiera ser un elemento importante para el desarrollo del juego.
Régimen interno de la Orden
Sobre la aceptación de nuevos iniciados en la Orden
16. Si un viajero desea iniciarse en la Orden de Telpe y, por lo tanto, habitar dentro de sus límites, deberá proceder a rellenar el cuestionario de inscripción y enviarlo a la insigne hermana Iriel. La decisión de si éste es aceptado o no se tomará entre todos los iniciados en la Orden.
17. El valor del voto es el mismo para todos los iniciados en la Orden, incluido el del Rey/Reina.
18. Para que un viajero pueda ser iniciado en la Orden es imprescindible que haya una mayoría de votos favorables como se especifica en el punto 21 sobre la toma de decisiones.
19. Si se declina la entrada a la Orden de un determinado viajero, éste podrá renovar su solicitud, intentando mejorar los puntos que crea convenientes de cuanto se pide en ella.
20. Si un ex-miembro de la Orden desea ser readmitido no será necesario que envie el cuestionario de entrada pero será considerado un buen gesto si lo hiciera. Su reaceptación se decidirá siguiendo el mismo criterio que si se tratara de un nuevo usuario.
Sobre la toma de decisiones
21. En cuanto a otros temas llevados a votación, se aplicará la opción que cuente con mayor número de votos por parte de los iniciados en la Orden.
22. El voto se llevará a cabo mediante un post en el foro privado.
23. Habrá un plazo máximo que puede variar según las circunstancias y tras el cual se hará el recuento de votos, aunque no todos los iniciados hayan votado.
24. La norma anterior quedará anulada si el número de votos es menor o igual que la mitad de iniciados. Es decir, mínimo 11 votos en el caso que la Orden esté completa con sus 20 iniciados.
Cualquier norma no contemplada en el presente documento, será resuelta en primer instancia por el Rey del Clan o por los Valar.
