La Guerra de los Clanes

Historias, leyendas y batallas en las tierras olvidadas de Arda.

Normas de los Señores de Nurn - Las Leyes de Nurn

Tema fijado

PRÓLOGO:

Es nuestra intención consolidar un Señorío fuerte que imponga su voluntad, así como proteger a todos los nurnitas y pueblos que estén bajo nuestro dominio.

Por deseo de los Señores de Nurn se establecen las siguientes órdenes y voluntades entre quienes integran el Señorío. Nuestras normas serán además impuestas por la fuerza en todos los territorios conquistados bajo espada y puño de acero.

Constitución Política

El Señorío de Nurn esta constituido como una Oligarquía, en la que los Señores gobiernan sobre todo el territorio y sus habitantes, y cuya capital es Narmelost.

Constitución Territorial

El Señorío de Nurn se extiende desde el Sur en la Península de los Desaparecidos hasta el norte, en las zonas del nacimiento del Morelimbar. Encuentra fronteras al Oeste, en los límites establecidos del Taur-dîn-Girith, y se extiende hacia el Este hasta la costa de Tarkaire.

Leyes de Nurn

Normas internas

1. Todos los miembros del Clan son iguales ante la Ley de Nurn.

2. Todos los miembros del Clan tienen derecho al voto.

3. Todos los miembros del Clan tienen deber de voto.

4. Todas las votaciones del Clan se dilucidarán en función de la mayoría relativa.

5. Todos los miembros del Clan tienen acceso a los cargos públicos dentro del Clan, en función de su capacidad probada, y de la aprobación del resto de miembros.

6. Si un miembro del Clan dejara de ejercer su cargo adecuadamente sin justificación alguna, podrá ser sustituido momentánea o permanentemente si así lo considera conveniente el cónclave de los Señores. Igualmente, se podrá cesar del cargo a aquella persona que se considere no apta para el cargo.

7. Si resultara probada una traición por parte de algún miembro, será juzgado por el resto y condenado a la expulsión del Clan

8. Si resultara probada una situación de espionaje por parte de algún miembro, será juzgado por el resto y condenado a la expulsión del Clan.

9. La sublevación frente al orden establecido por parte de un miembro del Clan será castigada. El castigo será decidido mediante juicio previo, y la sentencia es inapelable.

10. La religión oficial en Nurn adora a las Fuerzas Ocultas de la Naturaleza. Queda absolutamente prohibido adorar a ningún Valar que no sea Melkor.

11. En caso de que dos o más miembros del Clan mantuvieran una discusión y terminasen enfrentados sería el resto del Consejo de Miembros quienes llevarían a juicio dicho enfrentamiento, y tomarían una decisión que ambos deberían mantener.

12. En relación con vasallos, siervos y soldados:

12.a. En lo que se refiere a casos relacionados con los habitantes libres de Nurn, será el Consejo el encargado de impartir justicia.

12.b. El encargado de resolver dicha función será el primer miembro del Consejo interesado por el tema.

12.c. En el caso de vasallos que estén establecidos bajo la autoridad directa de uno de los miembros de Nurn, será él y sólo él quien se reserve el derecho a decretar un juicio.

12.d. Siervos y esclavos no tendrán ningún derecho, y estarán bajo el libre albedrío de su Señor.

12.e. Los esclavos privados serán considerados como propiedad privada de su Señor.

Normas generales

1. Cualquier visitante que cometa la locura de pretender adentrarse en nuestras tierras deberá presentarse de inmediato ante la guardia militar más próxima a fin de ser guiado ante nuestro consejo y solicitar un permiso de estancia, indicando las razones para su visita y la duración estimada de la estancia.

1.a. El Consejo tratará en el Pleno del Día su solicitud, para dar una respuesta oficial al intruso a la mayor brevedad, con un plazo máximo de un día de demora en la toma de la decisión.

1.b. Si el permiso es concedido, el visitante podrá adentrarse en nuestras tierras, con la excepción de los siguientes lugares a los que sólo se podrá acudir con el acompañamiento expreso de algún miembro del Clan, y bajo el estricto cumplimiento de sus indicaciones:

a. Mazmorras de Nurn.

b. Ainamar.

c. Biblioteca.

d. Ciudad industrial.

e. Puerto de guerra.

f. Fortaleza de Narmelost

1.c. En el resto de territorios, será sometido a la vigilancia estrecha de un guardia a fin de que no viole ninguno de los dictados de la Ley de Nurn, y que además velará por su seguridad hasta el fin de su misión, y hasta llegar a los límites de los territorios de Nurn.

1.d. Si el permiso es denegado, tendrá un plazo de 24 horas para abandonar las tierras de Nurn.

2. Cualquier intruso que se adentre en nuestros, y no se presente a cumplimentar los requisitos anteriormente expuestos para la permanencia en nuestros territorios será castigado.

3. No se construirán embajadas de ningún otro territorio, ni se aceptarán embajadores oficiales. Cualquier comunicación con los Señores de Nurn deberá hacerse con riesgo a la propia vida, penetrando en nuestro territorio y solicitando la audiencia necesaria.

4. Cualquier intruso o visitante, que aún habiendo obtenido el permiso necesario, incumpla con las restricciones antes mencionadas, o que desafíe a algún miembro del Clan, se considerará enemigo, y será hecho prisionero automáticamente.

5. Cualquier intruso o visitante que intente atacar a algún miembro del Clan, se considerará también como enemigo, y será hecho prisionero.

6. Cualquier intruso o visitante que atente contra cualquier bien material, o vital del Clan, será considerado como enemigo y será hecho prisionero.

6.a. Se entiende como bien vital aquellos que afectan al modo de vida del Clan, tales como fuentes de materias primas.

7. Cualquier intruso o visitante que intente sustraer algún bien material o vital del Clan, será considerado como enemigo y será hecho prisionero.

8. En relación con la entrada de grupos de más de 3 personas, cumplirán las normas antes establecidas, pero se añade que:

8.a. Deberán prescindir de cualquier arma que portaran, y dejarlas en custodia a los guardias fronterizos.

Estado de Excepción

1. Se considera Estado de Excepción cualquier situación declarada por el Consejo como de riesgo para el Señorío de Nurn.

2. El Estado de Excepción afectará a los territorios de Nurn, y entrará en vigor en el momento en el que el Consejo decida aplicarlo, hasta el momento en que libremente declare el levantamiento del mismo.

3. El Estado de Excepción no tiene por que estar relacionado directamente con un Estado de Guerra.

4. En caso de Estado de Excepción cualquier privilegio o autorización concedida a los visitantes queda rescindida hasta nueva orden, siendo necesario que acudan de inmediato a la ciudad más próxima a fin de quedar a salvo de cualquier acción, así como para ser sometidos a una vigilancia mayor.

5. En caso de Estado de Excepción, todo miembro del Clan debe retornar al Consejo a fin de dilucidar y resolver las cuestiones que hayan llevado a determinar dicho estado, siendo estas ajenas a él o no.

Estado de Guerra

1. El Consejo podrá declarar libremente el Estado de Guerra, tanto en caso de defensa como de ataque a otro territorio de Haldanóri.

2. En caso de Estado de Guerra, se suspenderá cualquier intento de adentrarse en las Tierras de Nurn por parte de cualquier visitante que pertenezca al Clan enemigo.

3. En caso de declararse el Estado de Guerra, estando presente en el territorio un visitante del Clan enemigo, será considerado un espía, y será apresado de inmediato.

4. En caso de Estado de Guerra, para el resto de visitantes que no pertenezcan al Clan enemigo, se aplica el Estado de Excepción.

Derecho de Residencia

1. Cualquier viajero o visitante de otro Clan puede optar al Derecho de Residencia como miembro de Nurn

2. Dicho Derecho de Residencia esta limitado por el número máximo de miembros del Clan, es decir, 20.

3. El Señorío de Nurn se reserva el derecho de no admitir más miembros, aún no habiendo llegado al límite de 20 miembros.

4. Derecho de Residencia para viajeros:

4.a. Deben rellenar el formulario de inscripción establecido para ello.

4.b. Deben ponerse en contacto con cualquier miembro del Clan

4.c. Deben contestar el test de inscripción establecido para ello.

4.d. Optar al Derecho de Residencia no supone la obligatoriedad de concesión del mismo.

5. Derecho de Residencia para miembros de otros Clanes:

5.a. Deben ponerse en contacto con cualquier miembro del Clan.

5.b. Deben contestar el test de inscripción establecido para ello.

5.c. Deben renunciar expresamente a su pertenencia anterior.

5.d. Optar al Derecho de Residencia no supone la obligatoriedad de concesión del mismo.

6. En ambos casos, el Consejo debatirá cada caso por separado y se someterá a votación.

7. Cualquier decisión del Consejo es inapelable.

8. En caso de ser denegado el Derecho de Residencia, podrá volver a ser solicitado en un máximo de 4 ocasiones.

Soberana cruel seré ahora de aquellos a quienes un día protegí en mi ignorancia. Así sea entonces. Mi nombre será Delisse a partir de ahora, Dama del Odio... y he aquí que mi venganza pronto será cumplida.